Por supuesto que sí. La Sala Constitucional de Costa Rica en el voto 2019-8454, de las 13:01 horas del 10 de mayo del 2019 dijo: (…) La inviolabilidad del domicilio a la que hace referencia el accionante, desde el punto de vista constitucional, es algo más que la protección del espacio físico, se trata más bien de una tutela de…