Se impondrá de uno a tres años de prisión a quienes, encontrándose obligados por esta ley, no envíen al Arsenal Nacional, para su debida custodia, las armas de fuego, cargadores, componentes de las armas de fuego y municiones. (Así adicionado por el artículo único de la ley N° 9731 del 27 de agosto del 2019)