Los comerciantes autorizados para el expendio de armas permitidas deberán informarle al Departamento, dentro de los tres días hábiles siguientes y por medio del formulario que éste les suplirá, sobre las ventas de armas realizadas, con el suministro de los datos necesarios para la identificación del comprador y de las armas. Será responsabilidad del comprador presentar la solicitud de inscripción,…
