Tag: Arsenal Nacional

Artículo 15.- Custodia

El Arsenal Nacional será el encargado de custodiar las armas y las municiones del Gobierno de la República, de reparar y darles mantenimiento. Los procedimientos y directrices que dicte el Arsenal, acerca de la custodia y el mantenimiento de armas y explosivos, serán de acatamiento obligatorio para las armerías y los funcionarios de las unidades policiales. Se prohíbe a los…

Artículo 11.- Creación

Se crea la Dirección General de Armamento, dependiente del Ministerio de Seguridad Pública, que se encargará de mantener actualizado el inventario permanente de todas las armas y de ejercer su control y fiscalización. Además, llevará, por medio del Registro de Armas, la inscripción y el inventario permanente de las armas, las municiones y los explosivos propiedad del Estado. La Dirección…

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