Tag: Almacenar

Artículo 72.-Características del permiso

Para fabricar, almacenar, comerciar, importar, exportar y vender armas permitidas, municiones, explosivos, pólvora y materia prima para elaborar los productos regulados por esta Ley, deberá tramitarse, ante la Dirección de Armamento, una solicitud de permiso que indique las características, la cantidad, la procedencia y el modo de distribución y venta de estos. Las manifestaciones contenidas en dicha solicitud tendrán los…

error: Función deshabilitada.