Author page: Calibre 506

Artículo 12.- Competencia

El Departamento será el encargado de otorgar los permisos de venta, importación, exportación, inscripción y portación de armas permitidas. También, de los permisos de venta, fabricación, importación y exportación de explosivos permitidos, aditamentos y materias primas para fabricar explosivos. Además, deberá levantar y mantener actualizados los registros de las armas permitidas que sean propiedad de particulares. El Departamento tendrá facultades para comprobar,…

Artículo 11.- Creación

Se crea la Dirección General de Armamento, dependiente del Ministerio de Seguridad Pública, que se encargará de mantener actualizado el inventario permanente de todas las armas y de ejercer su control y fiscalización. Además, llevará, por medio del Registro de Armas, la inscripción y el inventario permanente de las armas, las municiones y los explosivos propiedad del Estado. La Dirección…

Artículo 9.- Denuncia

Quien tenga conocimiento de una infracción de esta ley está obligado a denunciarla ante los órganos competentes. Si la denuncia es interpuesta ante el Departamento, este levantará el expediente del caso y aplicará las sanciones administrativas que procedan. Si la denuncia constituye una contravención o un delito, el Departamento la remitirá al órgano judicial competente.

Artículo 5.- Inventario

Los órganos estatales, las instituciones autónomas y semiautónomas, las empresas públicas y las municipalidades autorizadas para poseer armas y las empresas de seguridad privadas deberán informar, semestralmente, a la Dirección sobre la cantidad, el tipo, el número de serie, el patrimonio, el nombre de la persona a quien se le han asignado y el estado de las armas de fuego bajo…

error: Función deshabilitada.