El Departamento no inscribirá ningún arma si no se ha practicado el examen balístico antes de venderla o comerciarla. Igual procede si se gestiona el traspaso de un arma ya inscrita.

En los informes respectivos, deberá usarse la nomenclatura original y la medida del fabricante, sea en milésimas de pulgadas o en milímetros.

Además, el Departamento pedirá, a las dependencias judiciales, una certificación de los antecedentes penales del petente o, si se trata de personas jurídicas, de quien las represente.

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