by Calibre 506 marzo 15, 2020 La inobservancia de los preceptos contenidos en el cuarto párrafo del artículo 14 y en el tercer párrafo del artículo 15, se tendrá por falta grave e incumplimiento de deberes, para la aplicación de las sanciones disciplinarias correspondientes. Tags: Articulo 16, Dirección General de Armamento, Falta Grave, hacer caso omiso art 14 y 15, Ley 7530FacebookTwitterTumblr